Financiación Septiembre
Financiación Septiembre
Legal Tasa 0.00% en 12 meses
Cartera de Consumo. Financiación para solicitudes de crédito recibidas por GPAT en Argentina, excepto en Tierra del Fuego, desde el 04/09/2025 hasta el 30/09/2025, ambas fechas incluidas para los modelos: 302S, TNT 600I, TRK 251 ABS, TRK 502, TRK 502X, TRK 702, TRK 702X, Imperiale 400, Leoncino 250, Leoncino 500 y 800 Trail, marca Benelli, 0km. Origen: Argentina. Cuotas mensuales, consecutivas y en pesos. Máximo a financiar 50% respecto del precio sugerido publicado por Benelli a través de su red de concesionarios oficiales. Para financiaciones a 12 meses aplicará: Tasa Nominal Anual Fija 0.00% Tasa Efectiva Anual 0.00%. Costo Financiero Total Efectivo Anual (C.F.T.E.A.) con IVA: 11,26%, sin IVA: 11,29%. El C.F.T.E.A. informado incluye el costo del seguro tomando como referencia un TNT 600i 0km, con cobertura Allianz RC - Robo Incendio Total - Daños Totales por Accidente, en la ciudad de Corrientes, Capital. El monto de las cuotas y el precio total financiado dependerán del anticipo abonado por el cliente. A modo de referencia se indican valores para TNT 600i, 0km, precio sugerido al público $ 21.735.000.- Monto de las cuotas tomando como referencia $ 10.867.500.- como monto a financiar y anticipo de $ 10.867.500.-: $ 905.625.- más el seguro del automotor. El precio sugerido y el valor de la cuota no incluye seguros, gastos administrativos, flete, patentamiento ni otros opcionales. El otorgamiento del crédito se encuentra sujeto a aprobación crediticia y condiciones de contratación de GPAT Compañía Financiera S.A.U. (CUIT 30-67856482-2), Av. de mayo 701, Piso 18°, CABA, Sociedad Anónima Unipersonal según ley argentina. Conforme lo dispuesto por la Resolución SSN N°24/2023 y su modificatoria, el asegurado tiene el derecho de elegir libremente, durante toda la vigencia del préstamo prendario, el intermediario de seguros para que lo asesore en el proceso de suscripción o bien optar por una contratación directa. El accionista limita su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas, de acuerdo con la ley 19.550, por lo que no responde en exceso de la citada integración accionaria (Ley 25.738). Para más información consulte en: www.gpat.com.ar